Un argentino que vive en el exterior deberá mantener contacto virtual con su hijo a través del chat y proveerlo de los instrumentos para que esa relación sea posible, señaló ayer una sentencia de la justicia de Rosario. El fallo del Tribunal de Familia 5 de Rosario, integrado por Ricardo Dutto, juez de trámite en este caso, y Marcelo Molina, intimó al hombre, identificado por sus iniciales EC para proteger la integridad del menor -que ahora tiene 10 años- a mantener una especie de régimen de visitas online. Para ello, el hombre deberá proveer a su hijo del material tecnológico necesario a fin de suplir con Internet la relación que no pueden sostener en forma personal y evitar que el costo de las llamadas telefónicas de larga distancia sea un obstáculo para garantizar el contacto del niño con su padre. La causa se inició por un planteo de la madre del nene, quien denunció ante el tribunal que su ex marido trabaja como embarcado sin domicilio fijo. Según la denuncia, el hombre tendría residencia en España, país al que se fue en 1999 con la promesa de luego llevarse a toda su familia. "Desde entonces, sus contactos vía mail o postal con su pequeño hijo son esporádicos, y físicamente no se ven desde hace cuatro años, lo que sume al niño en situaciones de angustia", comentaron las fuentes. Durante una audiencia en el Tribunal de Familia, el nene dijo que desde hace un tiempo ya no tiene la dirección de e-mail de su padre y entonces tampoco tiene contacto por esa vía. "El juez Dutto fundó su sentencia en los contenidos jurídicos de la nueva legislación sobre el menor (Ley 26061), en la Convención sobre los Derechos del Niño y en jurisprudencia de tribunales estadounidenses", comentó una fuente judiciale.
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