El Estado deberá reglamentar e implementar en 90 días la portabilidad numérica para teléfonos celulares, con lo cual los usuarios podrán cambiar de compañía sin perder su número, según el fallo de la Sala V de la Cámara Nacional en lo Contencioso Administrativo Federal, que se conoció ayer. Hasta ahora, los usuarios podían cambiar de compañía, pero no tenían derecho a quedarse con el número. Si el usuario quería cambiar, debía resignarse a perderlo, pese a que el decreto 764 del año 2000 establece en el artículo 4 que la portabilidad numérica "es la capacidad que permite a los clientes mantener sus números cuando cambien de Prestador y/o de servicio y/o de ubicación geográfica en la que recibe el servicio". El fallo, que fue dictado el 30 de junio pero que recién se difundió ayer, ordena al Estado Nacional a través de la Secretaría de Comunicaciones, a que en el plazo de 90 días hábiles reglamente la portabilidad numérica en la telefonía celular. La Cámara basó su decisión en que "los usuarios son titulares del derecho a llevar su número", según consta en el fallo. Se estima que en el país hay 43 millones de líneas, y que el 80% de ellas se encuentra activa."El tema de la portabilidad numérica funciona de la mejor manera, con beneficios concretos para los usuarios, en más de 50 países del mundo", aseguró Horacio Bersten, coordinador jurídico de la Unión de Usuarios y Consumidores. "La Argentina podría haber sido pionera en esta materia, porque esto debió hacerse efectivo en el 2000, pero por diversos motivos recién ahora estamos realmente cerca de poder implementarlo, mucho tiempo después que en otros países", agregó. Efectivamente, la portabilidad numérica fue instrumentada en varios países europeos, como Holanda, Dinamarca, Suiza, Francia, Irlanda, Austria, Alemania, Gran Bretaña, España, Portugal y Suecia. Y también en los Estados Unidos, México y, recientemente, en Brasil.
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